Lo que dice la Convención de la ONU sobre trabajadores migratorios
Guatemala ratificó esta convención el 13 de marzo de 2003. Protege a las personas migrantes y a sus familias. Entre otras cosas, dice:
- Sus derechos valen sin discriminación por sexo, idioma, religión, origen étnico, nacionalidad, edad o situación económica (artículo 7).
- Tiene derecho a la libertad y a la seguridad. Nadie puede detenerle de forma arbitraria (artículo 16).
- Solo una autoridad puede retener sus documentos, y debe darle un recibo. Nadie puede destruir su pasaporte (artículo 21).
- No se permiten las expulsiones colectivas (artículo 22).
- Debe recibir atención médica urgente aunque su situación migratoria sea irregular (artículo 28).
- Sus hijas e hijos tienen derecho a la educación, sin importar la situación de sus padres (artículo 30).
- Los Estados deben proteger la unidad de la familia (artículo 44).
Fuente: Naciones Unidas (texto oficial publicado por Infoleg), Oficina del Alto Comisionado de la ONU (OHCHR). Consultado el 23 sep 2026.En revisión
